Micelio
Auto28 de enero de 2021

A- de 2021

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medidas Provisionales Para Proteger Un Derecho
  • Orden a la Unidad Nacional de Protección (UNP) de hacer efectivas las medidas de protección en favor de los accionantes
Medidas Provisionales
  • Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
Corte Constitucional
  • Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Teniendo en cuenta la gravedad del asunto objeto de revisión y con el fin de evitar la configuración de un perjuicio irremediable y la eventual ineficacia del fallo judicial que se profiera en sede de revisión, la Corte decidió con el presente auto adoptar varias medidas provisionales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. ORDENAR a la Unidad Nacional de Proteccion (UNP) que adelante de manera inmediata, si aun no lo ha hecho, todos los tramites pertinentes para hacer la entrega efectiva y completa de las medidas de proteccion que se adoptaron a favor de los senores Ricardo Palomino Ducuara y Francisco Gamboa Hurtado, mediante Resoluciones MT - 220 del 5 de enero de 2018 y MTSP 0032 del 30 de abril de 2020, respectivamente, hasta tanto esta Corporacion emita un pronunciamiento de fondo en los procesos de la referencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que, a traves de Secretaria General de esta Corporacion, se oficie a la Procuraduria General de la Nacion y a la Defensoria del Pueblo para que, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, acompanen el cumplimiento de las medidas provisionales expedidas en el presente auto.
  3. TERCERO. COMUNICAR esta decision y remitir una copia completa del presente auto a todas las partes dentro de los procesos de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.